Lo que puede llevarse, y a partir de qué talla. Todos estos valores provienen de la orden n.º 1154-88 y de sus dos modificaciones: son tallas comerciales, fijadas para la pesca profesional, no tallas razonables de pesca submarina.
Orden n.º 1154-88 (PDF) · Página informativa, sin valor jurídico. En caso de duda, decide la delegación de pesca marítima.
Las especies que representan la mayor parte de las capturas, a escala. La barra es la talla mínima de la orden, no la talla a la que conviene disparar.
Peces, cefalópodos, crustáceos y moluscos, según la orden n.º 1154-88 y sus dos modificaciones de 1989 y 1993.
Peces
Crustáceos
Moluscos
Cefalópodos
Ninguna especie coincide.
Data de 1988, modificada en 1989 y luego en 1993. Es el texto de tallas más reciente que hemos encontrado, y tiene casi cuarenta años.
Hay especies que se pescan hoy y que no aparecen en él. Su ausencia no es una autorización, es un hueco, y un inspector puede leerlo de otra manera que usted.
Son tallas comerciales. Se fijaron para el comercio del pescado, no para un pescador que elige su objetivo antes de disparar. Un sargo de 14 cm es un pez que nunca ha desovado.
Los 25 cm para la lubina y los 30 cm para el dentón que se leen por todas partes no son cifras marroquíes: son las tallas francesas, copiadas en resúmenes que circulan. La orden marroquí dice 17 y 12. Impóngase los 25 cm si quiere —es mejor para el pez, y lo recomendamos— pero no lo presente como la ley marroquí.
Si existe una orden más reciente, nos interesa verla.
Una talla no es una autorización. Algunas especies no se pueden disparar en absoluto, y otras están cerradas parte del año, sea cual sea su talla.
Lo que no se dispara